Escrito elevado al Sr. Presidente del Cabildo Insular de La Palma

Estimado Sr. Presidente del Cabildo Insular de La Palma

En nombre y representación de la asociación @FOTO La Palma, y con el respaldo de la Federación Fotográfica Canaria, quiero expresar nuestras dudas y preocupaciones que surgen del convenio del 25 de marzo 2021, respecto al funcionamiento del Centro de Visitantes en el Roque de los Muchachos.

Aunque el convenio únicamente vincula a las partes firmantes y se refiere al uso del Centro de Visitantes, estamos preocupados que pueda ser la puerta de entrada a unas restricciones generalizadas al libre acceso para cualquier persona que quiera disfrutar de los cielos nocturnos de la isla de La Palma. Pues se estipula de una forma generalizada la supeditación de cualquier actividad nocturna en la zona del Roque de los Muchachos al consentimiento expreso del IAC, otorgando a esta organización un derecho de veto hasta una altura de 1500 m.

La preocupación sale de la Clausula Sexta del convenio:

En este sentido, se necesitará el consentimiento previo y explícito del IAC para cualquier actividad nocturna (aquella que se desarrolle entre la puesta y la salida del sol) que se desee realizar en la zona del Roque de los Muchachos por encima de los 1.500 metros de altitud, ya sea dentro o en los alrededores del Observatorio, pudiendo oponerse de manera justificada a todas aquellas actividades que puedan producir efectos nocivos en la observación e investigación astronómica, o que perjudiquen o interfieran con proyectos de investigación del IAC o de las Instituciones presentes o futuras en el Observatorio. Todo pliego de cláusulas administrativas, Convenio, acuerdo o cualquier otro negocio jurídico, que pudiera influir en el estudio y observación astronómica requerirá el previo conocimiento y consentimiento expreso del IAC, sin el cual no podrá ofertarse o suscribirse el mismo.”

Ya tenemos serias dudas sobre el encaje legal del sometimiento de “cualquier actividad”, como podría ser la toma de fotografías nocturnas o la simple contemplación del cielo nocturno en la zona del Roque de los Muchachos, al consentimiento previo y explicito del IAC. No creemos que el IAC tenga competencia legal de autorizar o desautorizar el uso de un espacio público por la ciudadanía. Pues estamos hablando de una posible limitación de derechos fundamentales de las personas.

Tampoco entendemos un área de veto por parte del IAC hasta 1500 m de altura, que comprende el pinar.

La cuestión más importante para nosotros como amantes de la fotografía sin embargo es ¿si el Cabildo pretende expandir este reglamento de la clausula sexta a lo largo de la LP4 a partir de 1500 m de altura?

Y, sobre todo, ¿pretende el Cabildo regular (=restringir) el acceso nocturno de la ciudadanía a esta zona?

Ante la tendencia de regular (lo cual siempre es una restricción) el acceso a espacios naturales, queremos expresar de antemano nuestra más firme oposición de restringir el acceso nocturno totalmente libre a la zona en cuestión.

El Roque de los Muchachos es patrimonio de todos los Palmeros y Palmeras, y cualquier persona, sea habitante o visitante debe tener el derecho de subir cuando quiera, hacer sus fotos, disfrutar del ambiente. Y sin que tenga que pedir permiso a una institución que ni es entidad democráticamente elegida ni de administración pública pendiente de instituciones democráticas, o sin que tenga que acudir a un servicio profesional, lo que limitaría también el libre acceso.

En este contexto también queremos hacer hincapié en el hecho de que es precisamente la fotografía de aficionados, extensamente divulgada en revistas y redes sociales, frecuentemente premiadas, las que contribuyen a difundir la belleza de nuestra isla y la excelencia de sus cielos nocturnos.

Cualquier restricción del acceso a las personas podría tener una repercusión negativa en la fama de la isla y también afectar negativamente en el astroturismo y demás turismo en general. Además recordar que el libre acceso a los espacios naturales es un derecho de todas las personas.

No vemos base legal para que el IAC pueda condicionar el uso nocturno de toda la zona fuera de los observatorios, ni creemos que el Cabildo deba otorgarle esta potestad. Esperemos que el Convenio no sea la antesala de tales evoluciones extremas.

Rogamos una cita con usted Sr. Presidente, además del Consejero de Turismo y los técnicos del área, para que se nos explique la situación.

Además creemos necesario ante cualquier tentación regulativa = restrictiva un debate público, y no un sometimiento bajo todas las exigencias del IAC. Como demuestra precisamente el ejemplo de Hawaii, la tolerancia de una población tiene límites.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.